Menú de navegación

Ruta de navegación

Denuncia Actos De Fraude o Corrupción

Positiva Compañía de Seguros S.A., en línea con las nuevas normas y disposiciones que en materia de Prevención de Fraude y Corrupción ha venido implementando el Gobierno Nacional, como mecanismo de participación ciudadana para ejercer control social, pone a disposición de todos sus clientes, usuarios, clientes potenciales, colaboradores y público en general, los canales de comunicación virtual y telefónico para la recepción de denuncias, que tengan que ver con irregularidades en los procesos y negocios de la Compañía o con actividades relacionadas a situaciones de fraude que comprometan los recursos, bienes y/o el buen nombre de Positiva.


Si su denuncia o queja se refiere a posibles hechos de fraude o corrupción de servidores públicos de Positiva Compañía de Seguros S.A. o situaciones que atenten contra la ética de nuestra Compañía tales como responsabilidad, respeto, transparencia y/o la equidad, por favor repórtelo a través de los siguientes canales

Correo
electrónico

Línea Gratuita Nacional de Denuncia de

Casos de Fraude o Corrupción

01 8000 112870



Si su denuncia o queja se refiere a incumplimientos normativos de Positiva Compañía de Seguros S.A. o situaciones que atenten el cumplimiento de la normatividad ,por favor repórtelo a través de los siguientes canales:

Correo electrónico


¿Qué es una
denuncia?

 Es el relato que un ciudadano realiza, en cumplimiento de su deber de solidaridad, para enterar a las autoridades de la existencia de hechos irregulares, con el fin de activar los mecanismos de investigación y sanción.

 


¿Quiénes son
servidores públicos?

El artículo 123 de la Constitución Política de Colombia establece que: “Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios”. En el mismo artículo se reconoce la posibilidad de que algunos particulares desempeñen temporalmente funciones públicas.

 


¿Qué se entiende por
fraude y corrupción?

Fraude: Se define como cualquier acto, omisión, actividad o comportamiento intencional o doloso, con el fin de apropiarse, aprovecharse o hacer uso indebido de los activos de la Compañía, sean materiales o intangibles, para beneficio propio o de un tercero, a través del engaño, falsificación u otros medios ilegales.
 

Corrupción: Uso del poder para desviar la gestión de lo público hacia el beneficio privado.
 

Al presentar una denuncia tenga en cuenta informar o relacionar:

  • Datos del denunciante (nombre y apellido, documento de identidad, correo electrónico y teléfono de contacto). En caso de que desee hacer una denuncia anónima asegúrese de que ésta amerite credibilidad y acompáñela de evidencias que permitan orientar la investigación.
  • Relato de los hechos que motivan la denuncia. Presente una relación clara, detallada y precisa de los hechos de los cuales tiene conocimiento, en lo posible, exprese cómo ocurrieron los hechos, dónde y cuándo.
  • Señale quién o quiénes lo hicieron, si es de su conocimiento.
  • Adjunte las evidencias que sustentan su relato, en caso de tenerlas suministre su nombre, teléfono y correo electrónico si dispone para contactarlo en el evento de ser necesario o para mantenerlo informado del curso de su denuncia.
  • Informe si los hechos han sido puestos en conocimiento de otra autoridad, indique cuál.
Recuerde que la información que usted aporte por estos canales, tendrá un tratamiento confidencial y podrá realizarse de manera anónima, si así lo prefiere; tenga en cuenta que al presentar la denuncia, ya sea verbal o escrita, usted se encuentra bajo la gravedad del juramento, con implicaciones penales en caso de realizar una falsa denuncia (art. 69, Ley 906 de 2004).
Lo expuesto anteriormente tiene respaldo legal en la Constitución Política de Colombia de 1991, el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), el Código Penal (Ley 599 de 2000) y demás leyes que regulen la materia.